La Justicia argentina y la desobediencia del poder político
En declaraciones a medios, el jefe de gobierno Mauricio Macri, afirmó que “es una locura que el ministro Aníbal Fernández desobedezca las órdenes de los jueces”, en referencia al fallo que ordenaba el desalojo del sindicato de aeronavegantes. Según Fernández, sin embargo, había dos fallos contrapuestos y fue por eso que ordenó a la Policía Federal no intervenir. Lo que llama la atención es esa que fue la misma explicación que dio Macri para explicar por qué había desobedecido el fallo de la jueza Gabriela Seijas que le ordenaba al Registro Civil porteño, que depende de él, casar a los ciudadanos Alejandro Freyre y José María Di Bello.
Doble estándar se llama el juego. Si mi adversario político lo hace, está mal; si lo hago yo, está perfecto. Sin embargo, hay una diferencia entre ambos casos.
En el caso del matrimonio de Alex y José, uno de los fallos —el que autorizaba la boda— estaba firme, ya que no había sido apelado y había vencido el plazo legal, y era de la jueza a cargo de la causa, cuya competencia había sido admitida durante el proceso. Los otros eran de jueces de otro fuero, provocados por una acción en cadena de un grupo de abogados que no tenían legitimación para intervenir (“legitimación”, aquí, no habla de una opinión personal del autor sobre la “legitimidad” de la acción de estos abogados, sino que es un concepto jurídico reglado por las leyes), ya que no eran parte en la causa y no podían alegar que sus derechos estuviesen afectados por una situación que les era ajena.
Macri podría aducir que lo anterior no le corresponde a él determinarlo y que, al igual que Fernández, tenía dos fallos y no sabía qué hacer, por eso eligió, haciendo ta te tí, desobedecer el que avalaba el casamiento. Sin embargo, tampoco fue así.
El día de los hechos, la jueza Seijas dictó una medida cautelar y notificó por escrito al titular del Registro Civil porteño: “haciéndole saber que la sentencia dictada en autos se encuentra firme y consentida, y que, a fin de cumplir con lo decidido, deberán llevar adelante la celebración del matrimonio (…) en el día de la fecha”. El funcionario no quería notificarse y el secretario del juzgado debió informarle que si no lo hacía, sería denunciado penalmente. En los fundamentos de su medida, Seijas cita un fallo de la Corte Suprema que explica claramente la duda sobre su competencia: “las contiendas de competencia no pueden prosperar después de dictada una sentencia, siempre que haya mediado tramitación de un proceso judicial en que los interesados tuvieran oportunidad de audiencia y prueba. Lo contrario importaría afectar la cosa juzgada y agravaría derechos constitucionales”.
Macri decidió desobedecer esta medida cautelar y suspender el casamiento. Por tal motivo, la jueza Seijas dictó una nueva resolución pidiendo que la justicia penal investigue a Macri: “teniendo en cuenta que la sentencia dictada en autos (…) no ha sido cumplida por las autoridades del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, extráigase copia de la totalidad del expediente para su remisión a la justicia penal, a fin de que tome la intervención que considere oportuna ante la posible comisión de un delito por parte de tales autoridades”. A diferencia del caso Fernández, del que viene hablándose día tras día en los noticieros, la desobediencia del jefe de gobierno porteño no ha causado similar escándalo.
Para tapar el error, el ex Procurador porteño, Pablo Tonelli, envió una carta a la Corte Suprema de Justicia “preguntándole” cuál de los fallos deberían haber cumplido, y presentó esa carta ante los medios como si fuera una apelación para que la Corte resolviera el caso. La Corte, por unanimidad, le dio una escueta clase de derecho: “Que la presentación de fs. 37/39 no constituye acción o recurso alguno que, con arreglo a los arts. 116 y 117 de la Constitución Nacional, habilite la competencia ordinaria o extraordinaria de la Corte Suprema. Por ello, se desestima la presentación”. En el lenguaje de tribunales, lo que hizo el funcionario macrista se clasifica como “presentación varia”, es decir, cartas que llegan a la Corte con los pedidos más insólitos y que simplemente no se responden ya que no cumplen con los requisitos mínimos para ser tenidas en cuenta. El texto citado es el que se usa para todos esos casos.
Había una sentencia firme —la de Seijas— y lo que debe hacer Macri —todavía está a tiempo— es cumplirla, y eso la Corte no se lo puede explicar, porque no está entre sus funciones darles asesoramiento jurídico gratuito a funcionarios sin experiencia. Pero su inexperiencia no lo exime de la responsabilidad de haber hecho lo mismo que, con tanta ligereza, le critica al jefe de Gabinete.
Imprimir






Comenta con Facebook...
Deja tu comentario...